13 Oct Reforma de la formación para el empleo: principales novedades
El curso académico 2015-2016 ha arrancado. Y lo ha hecho con novedades relativas a la propia formación y su repercusión en el empleo. De este modo, las informaciones sobre la cuesta de septiembre provocada por la denominada «vuelta al cole» se han completado en esta ocasión con nuevos datos sobre la reforma de la formación para el empleo .
En concreto, ha sido el Senado el encargado de dar luz verde a la conocida como reforma del Sistema de Formación Profesional para el Empleo, cuyo debate llevaba ya años sobre la mesa. Por medio de su Comisión de Empleo y Seguridad Social, este órgano ha aprobado de modo definitivo un sistema que busca regular la formación de los trabajadores de cara a su acceso a la vida laboral.
Publicado el jueves 10 de septiembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el texto de la Ley de reforma del Sistema Profesional para el Empleo recoge novedades relativas a este ámbito y busca, según el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, una mayor efectividad, transparencia, eficiencia y eficacia en la gestión de los recursos de tipo público que se empleen para la formación profesional. Por sus propias características, se trata de una modificación directamente vinculada con la atención a personas en situación de dependencia, un ámbito en el que se exige una formación continuamente reciclada para la prestación de cuidados. De este modo, los cuidadores y profesionales que operan en este campo deben tener en cuenta las siguientes novedades:
-La formación interna en el seno de la empresa -como pueden ser las dedicadas a la atención de personas en situación de dependencia- adquiere carácter primordial. De este modo, se acepta que en la misma pueda impartirse la formación necesaria, siempre y cuando se disponga de los recursos para ello.
-Por otra parte, se impone un control continuo de la calidad por lo que podrá testarse esta formación a través de la evaluación de distintos parámetros como son el desempeño del trabajador o la mejora de la competitividad, por ejemplo.
-Se crea una Unidad Especial dentro de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social encargada de velar por las buenas prácticas de este procedimiento.
-Son los agentes sociales y, por tanto, las propias empresas y responsables quienes en este nuevo modelo tienen un peso predominante. Se entiende, en esta reforma, que agentes como son los profesionales de la atención a personas en situación de dependencia mantienen una estrecha vinculación con esta realidad y, por ello, están llamados a encabezar el propio diseño de una propuesta formativa que dé respuesta a las necesidades del día a día pero no la gestión de la formación.
-En consecuencia, esta reforma prevé la implantación de un sistema regulador y dinamizador del mercado de trabajo. En él, todos los agentes aportan los datos que consideren oportunos para su análisis.
–Se instaura la cuenta-formación como un procedimiento encargado de justificar el expediente formativo de un empleado a lo largo de su trayectoria. Asimismo, la teleformación queda implantada como una herramienta de flexibilización de la actividad formativa y desaparece la formación a distancia.
-Asimismo, se activa el conocido cheque-formación, de modo que será la persona en situación de desempleo quien pueda escoger la entidad en la que desea formarse. Cabe destacar que se trata de una medida que había generado conflicto durante el debate de esta normativa y que, finalmente, se complementa con el asesoramiento de organismos competentes para velar por su seguimiento.
En definitiva, esta reciente reforma legislativa afecta no solo a la formación, sino también al empleo por introducir novedades que incluyen, de modo directo, tanto a la Administración como a los agentes empresariales y al propio personal en formación. Y, de modo preferente, influye en la atención a personas en situación de dependencia.
Más información en la Fundación Tripartita
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